DISPOSICIONES ANTICIPADAS PLANES DE PENSIONES

DISPOSICIONES ANTICIPADAS PLANES DE PENSIONES

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Desde el 1 de enero de 2025 tenemos la opción de disponer de las aportaciones realizadas a nuestros planes de pensiones que tengan una antigüedad de más de 10 años.

Digo opción porque no es obligatorio, y es muy importante que tengamos en cuenta la finalidad del producto plan de pensiones, como sabéis ellos están diseñados para el ahorro de cara a la Jubilación y así poder cumplimentar la pensión pública en ese momento.

Es importante tenerlo en cuenta a la hora de anticipar el cobro de este capital, ya que si no es estrictamente necesario, en mi opinión, no debería tocarse. 

Los principales motivos son:

  • Tiene la consideracion de rendimientos del trabajo de cara a hacienda.
  • Exentos de tributación en el impuesto de patrimonio y no tributan en el impuesto de sucesiones.
  • En caso de necesidad es mejor valorar otro tipo de productos de ahorro que tengamos contratado, ya que es posible que tengan mejores condiciones fiscales.

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